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RESPUESTA A INQUIETUDES SOBRE INTIMACIONES Y AMENAZAS POR PARTE DE PERSONAJES QUE SE ARROGAN PODERES, QUE NO POSEEN, SOBRE UNA LEY QUE NO ESTÁ EN VIGENCIA.

Estimados profesionales, comenzando por el final el Consejo profesional de química, iniciará en breve, las acciones civiles y penales que correspondan contra los responsables de todas estas mentiras, falacias, extorsiones y estafas que están realizando quienes se arrogan una autoridad que no tienen basados en una ley que no está vigente.

Dicho esto, paso a dar las aclaraciones del caso.

1º La SCJPBA aún no se ha expedido.

2º La SCJPBA no se ha expedido sobre el tema de fondo (la inconstitucionalidad de la ley planteada, Superado esto -en el supuesto de mantenimiento de los términos de la ley- el CPQ tiene planteada la cuestión para continua con el tema ante la CSJN (dado que se trata de una cuestión que atañe a la Constitución nacional).

3º Mantenemos en todos los términos en que hemos sostenido el derecho adquirido por el CPQ y sus matriculados.

4º adjuntamos texto por el cual si bien se ha desestimado las cautelares las cuales en alguna medida nos son favorables al reconocer el reclamo, pero como el perjuicio “aun” no se ha producido (sugiero leer el informe del abogado), se nos rechaza, lo que no limita que de ocurrir resurjamos el reclamo.

5º está claro que el CPQ como todos nuestros matriculados están avalados por la corte (lectura completa del dictamen)

6º adjuntamos informe del asesor letrado del CPQ.

 

SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO PROFESIONAL DE QUIMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Esta Asesoría Informa que la causa “CONSEJO PROFESIONAL DE LA QUÍMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY 15.105”, Expediente:  I – 75706, muy lejos de lo que informa el aludido “Colegio de Profesionales de la Seguridad e Higiene en el Trabajo”, la SCBA, ha avalado al “Consejo Profesional de Química” y ninguno de sus matriculados está obligado a migrar a otro Colegio, en absoluto.

Contrariamente a lo sostenido, la SCBA, el 28.08.19, el Tribunal solo se expidió sobre la “medica cautelar”, y en dicho acto consolidó que ese Colegio carece de operatividad, y además que todos los matriculados del CPQ, Técnicos y Profesionales de la Seguridad e Higiene en el Trabajo, deben permanecer en el Consejo Profesional de Química de la Provincia de Buenos Aires.

Para despejar dudas, actos dolosos, malas intenciones y reacciones impotentes, paso a detallar en forma textual, parte de los fundamentos de la SCBA: “…Teniendo en cuenta lo anterior —y más allá de la falta de acreditación del primer extremo requerido por la ley adjetiva— en la especie no se advierten razones de urgencia que ameriten el dictado de una medida cautelar. Ello, dado que el plexo impugnado, en su art. 55, supedita la transferencia de matriculados al dictado de un reglamento interno por parte del nuevo colegio que se crea, todo lo cual no habría acontecido aún (arg. art. 230 inc. 2, CPCC) (Remarcado agregado).

 

Fdo. DANIEL FERNANDO SORIA; HILDA KOGAN; EDUARDO JULIO PETTIGIANI; SERGIO GABRIEL TORRES.

FIRMADO: Dr.DANIEL MAZZOCCHINI

 

Los saludo con un abrazo.
Dr. Eduardo Jaruf.
Presidente
Consejo Profesional de Química.